viernes, 7 de diciembre de 2012

_____________
Sabias palabras….
Sabias palabras las del Sr. Santis, pero ¿quien tomará la iniciativa, o todo seguirá igual?
 
Saludos
Ena Arroyo

jueves, 6 de diciembre de 2012

____________

Círculos de Sonidos Armónicos

Queridos amigos.
Este círculo lo haremos el sábado 8 de diciembre y el que viene sábado 15, lo realizaremos en la planicie sobre el Canelo, al final de la calle Bahía Mansa.
Como siempre los espero traigan cositas ricas y sanas para compartir, agüita y una mantita.

Trabajamos la visión y creatividad
Color: Índigo, Violeta.
Significado: Percibir, dominar.
Elemento: La luz.
Localización: A la altura de los ojos o ligeramente por encima, en el centro del cráneo.
Verbo relacionado: Yo veo.
Órganos asociados: Parte de la corteza cerebral, ojos y oídos, cerebro medio.
Glándulas: Pineal (epífisis) y/o pituitaria (hipófisis), según la tradición espiritual.
Fisiología: Sistema nervioso autónomo y actividad intelectual.
Otras partes del cuerpo: Ojos.
Psicoespiritual: Capacidad de ver claramente el curso de la propia vida. Intuición, visión interior, uso de la mente/intelecto.
Afecciones: Ceguera, jaqueca, pesadillas, fatiga visual, visión borrosa.
Activación: Trabajar la intuición, la visión, la claridad de pensamiento, aquietar la mente.
Alimentos: Los enteógenos (muchísima precaución).
Cristales y piedras: Todas las azul oscuro o índigo. Azurita, soladita, zafiro, cianita, fluorita, lapislázuli…
Aporte Voluntario
Valor sugerido $3000

TriNos
«Sé el cambio que quieres ver en el mundo»
— Mahatma Gandhi

Ciencia, Arte y Espiritualidad al servicio de nuestra Cultura de Paz
Web: trinos.crearpaz.org
Facebook: facebook.com/triNosArmonicos




miércoles, 5 de diciembre de 2012

______________
La Dicotomía Algarrobina

Algarrobo se mueve en varios frentes. En un extremo están los turistas y afuerinos, los que al permanecer al interior de sus casas, parcelas, condominios y clubes quedan marginados de la cotidiana y pausada vida algarrobina y por el otro extremo algunos nacidos y criados cuya visión, en ocasiones anclada porfiadamente en el pasado, está ya siendo vulnerada en muchos aspectos por las inevitables influencias del modernismo y el desarrollo. 

Más al centro y con muchas dificultades nos hemos ido ubicando algunos seniors que con ciertas experiencias y mucha voluntad hemos estado tratando de colaborar para acercar estas posiciones, con el único objetivo de dotar a Algarrobo de una renovada identidad, una visión de futuro y el horizonte de progreso que tanto necesita para alejarse de los peligros y consecuencias del inmovilismo de años generado principalmente por la incomunicación, las descalificaciones y los conflictos entre ambos extremos. 

Algarrobo está obligado a levantar cabeza para entrar a las grandes ligas de las ciudades-balnearios haciéndolo más amigable y vivible para todos, pero siempre de cara al inevitable encuentro con un progreso sostenido y sustentable y con todos los beneficios que esto puede y debe proporcionar a sus habitantes y visitantes. 

La materia prima está, lo que falta es aplicar talento, empeño, humildad y compromiso.

Alejandro Santis Torrent

_______________

Teletón, Puro Corazón
Misión cumplida
Estamos orgullosos de lo logrado, sabemos que gente muy mal intencionada nos puso distintas trabas para no lograrlo, pero la unión hace la fuerza.
El cariño de la gente comprometida de corazón sin ver quien realizaba sino para quienes lo realizaban, gano definitivamente, muchas gracias a todos los artistas, bomberos, pastoral juvenil, batucada, comerciantes y publico en general.
Un abrazo a la organización 
Claudia Madrid, Yoiss Aranda, Rosa Marin, Eduardo Medel, Sergio Villarroel, Ana Maria Burgos, Oscar Olguín, Karina Olguín, Patty Vásquez, Jenny González, Nicolás Moreno, en el audio Juan Pablo, Patricio Moyano.
Cariñosamente les deseo seguir adelante moviendo la comuna con cosas positivas.
Un beso.
Marcela Villarroel

martes, 4 de diciembre de 2012

_____________
Hablemos de los Incumplimientos
Muchas gracias don Roberto Aguilar por aportar información sobre el tema del cumplimiento de la Inmobiliaria a las exigencias del Plan Regulador. He ingresado al Portal de los Tribunales de Justicia informándome del Recurso de Protección que interpuso la Inmobiliaria en contra de la I. Municipalidad sobre la Resolución Nº 149/2012 del 03.04.2012 en que la máxima autoridad comunal, acogió el Recurso de ilegalidad por la recepción a la ultima torre del Condominio San Alfonso y con ello, la recepción final de todo el conjunto, existiendo diversos incumplimientos aún pendientes. 

No tenía conocimiento de ese Recurso debido a que en nuestra Comuna no existe información pública y solamente nos enteramos de lo que sucede “de oídas” o en este sitio del Web Aquialgarrobo. Según lo que se lee en el Portal de los Tribunales, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió  mediante fallo del 12.07.2012 un Recurso de la Inmobiliaria, resolviendo que el Oficio del Alcalde es un acto que no tiene consecuencia o efecto legal.  En ese mimo Portal, me he podido informar que dicho Tribunal remitió con fecha 1º de Agosto el expediente a la Excma. Corte Suprema.

Sin ser abogado, de la lectura de los antecedentes, puedo concluir que el fallo está referido única y exclusivamente a resolver si el Alcalde tiene atribuciones para haber emitido el referida Oficio y si de ello, se originaría alguna acción posterior directa que anule la recepción municipal de la D.O.M. En parte alguna, se refiere a los hechos que, como simples vecinos de Algarrobo, hayan obtenido una certificación de la máxima autoridad comunal de que, en lo obrado por el Depto. de la Dirección de Obras Municipal, no se haya tenido la debida consideración para dar estricto cumplimiento a las exigencias del  Plan Regulador. Lo importante para los vecinos son los hechos. Como vecinos reclamamos a las autoridades -con la falta de recursos que poseemos como simples ciudadanos- que no se ha dado a cabalidad cumplimiento a las normativas vigentes.

Por tanto, sigue siendo una realidad que los que vivimos en Algarrobo podemos comprobar con una simple visita en terreno, lo que declara nuestra máxima autoridad comunal en su Oficio es una verdad indesmentible. Dice el Alcalde: 
“efectivamente como se expresa en la memoria del Proyecto Seccional Costa Dorada, es efectivo a juicio de éste Alcalde, que por parte de la Inmobiliaria EL Plomo no se ha dado cumplimiento a las obras de mitigación que en relación al proyecto San Alfonso del mar se debió dar cumplimiento, tales como:

1) La construcción de estacionamientos de uso público, en el sector sur de San Alfonso del Mar que pertenece al seccional costa dorada, definido como ZE, que corresponde a una capacidad de 200 vehículos, respecto del cual la Inmobiliaria El Plomo no ha dado cumplimiento.
2) La Construcción de paseos peatonales en el borde de los esteros el Membrillo y San Gerónimo, cuyo objeto es conectar el camino público con la playa de una ancho de 15ms, obligación igualmente contenida en el seccional costa dorada y que se ha incumplido por la inmobiliaria El Plomo, ya que actualmente existen solo dos caminos de un ancho no superior a los cuatros metros, para el uso público, con carpeta solo de maicillo.
3) Establecer zona de protección de los esteros El Membrillo v San Gerónimo, obligación contenida en el seccional costa dorada, el que señala que debiese existir un ancho de 23 metros desde la ribera de los esteros mencionados y que nuevamente la Inmobiliaria El Plomo ha incumplido.
4) La construcción de paseo peatonal de ancho mínimo de 20.8 metros en toda la extensión de San Alfonso del Mar, el que debe cumplir con la característica de ser utilizado en condiciones de Altas Mareas, respecto del cual no se ha dado cumplimiento alguno por la inmobiliaria El Plomo, ya que no tiene el metraje, ni las características señaladas en el seccional Costa Dorada.

Los incumplimientos cometidos por la Inmobiliaria El Plomo han afectado claramente a la comunidad Algarrobina y de manera alguna se ha dado cumplimiento a las exigencias del seccional Costa Dorada y de su respectiva memoria …, lo que se ha plasmado en el deterioro que la comuna ha tenido en cuanto a su accesibilidad, conectividad y carencia de construcciones”.

Don Roberto, como vecinos de Algarrobo, queremos respuestas y soluciones a esos incumplimiento, agregando en forma especial a lo que el Alcalde menciona sin mayor detalle, que es la obligación de las inmobiliarias de tomar las medidas pertinentes para resolver a su costo las obras viales de acceso a los nuevos proyectos inmobiliarios en el sector “Costa Dorada” de modo no colapsar las vías existentes antes de esas obras. No estamos en absoluto en contra los inversionistas ni en modo alguno queremos afectar los intereses de los vecinos que han comprado en los Condominios. Como ciudadanos queremos el pleno respeto del bien común y que impere la transparencia.

Patricio Gómez Bahamonde
decover2@gmail.com


_________
Inducción Sobre la Normativa Pesquera Vigente y su
Implicancia en Restaurantes

________________


_____________

Gran Regata de Kayak en Algarrobo


Estimados Empresarios y Comerciantes de nuestro Litoral:
Me es grato informar a Uds. Lo siguiente, realizaremos la 1ra Gran Regata de Kayak en Algarrobo, además tendremos 20 Stands  para quienes  quieran exponer sus productos y Servicios.

Organizan:  
•         Municipalidad de Algarrobo
•         Asociación de Turismo Algarrobo (ATA)
•         Cámara de Comercio y Turismo Algarrobo (CCTA)

Patrocinan:
•         Litoral.
•         CORFO.
•         Sernatur.

Atte.
Luis Ahumada H.
Presidente
Cámara de Comercio y Turismo 
Algarrobo
035-484179
09-8341821

_________________
Para Opinar, Tomar Posiciones o Actitudes, es Necesario estar Informado y Recurrir a Fuentes Fidedignas.

Al parecer el Sr. Patricio Gomez, al igual que el Sr. Hidalgo, tiene o quiere solo publicar información parcial y desactualizada. Le solicitamos al Sr. Gomez que se informe en la Corte de Apelaciones de Valparaiso, en causa rol 637-2012, en la cual dicha corte acogió recurso de protección interpuesto por la Inmobiliaria en contra de la Municipalidad de Algarrobo, dejando sin efecto el oficio del Alcalde Numero 149/2012. Lo fallado por la corte de Apelaciones de Valparaiso, es prueba de los errores que cometió el anterior alcalde respecto de su actuar en relación al oficio que emitió.

Roberto Aguilar Alvarez

domingo, 2 de diciembre de 2012

_____________

Un Comentario Sobre los Edificios de San Alfonso del Mar
La Señora Paola Flores Clunes, Abogada   propietaria y miembro del Comité de Presidentes de las comunidades de edificios de San Alfonso del Mar, (comunidad de más de 1200 familias) entre otros comentarios declara que  “Es falso que se viertan aguas servidas al mar. Nuestra comunidad está conectada a la red pública de Esval….”  . Bastará que la señora Flores visite la vereda construida en la playa, en el costado poniente de San Alfonso de Mar y observará como escurre abundante agua hacia el mar y, por el aroma podrá constatar que se trata de aguas servidas.  
J. Joaquin Berrios Rigazzi

______________
Aclaración a los  Srs. Roberto Aguilar, Jaime Valdivia y Sra. Paola Flores
Al parecer, hubo una orden superior de tratar de demostrar que mis afirmaciones son falsas y tratar de desacreditarme, pero debo aclararles a los Srs Roberto Aguilar, Jaime Valdivia y Sra Paola Flores que todo lo que he dicho, está constatado con pruebas indesmentibles. 
Jamás he afirmado que algún edificio no está conectado a la Red de Esval.
Al Señor Roberto Aguilar, debo aclararle que Directemar no monitorea el agua de la Laguna Piscina y que extrañamente cuando se otorgó la Concesión se estableció un sistema de autocontrol, lo que es absolutamente contrario con toda la normativa, en el sentido que esta Laguna Piscina debe cumplir con la Reglamentación correspondiente a Piscinas.
La Señora Paola, en su calidad de Presidenta del Comité de Presidentes y en su calidad de abogada, debiera ser un poco mas cuidadosa con sus dichos y debiera estar feliz con nuestra acabada investigación y denuncias respecto de las graves irregularidades cometidas por el desarrollador del Proyecto San Alfonso del Mar y Laguna Vista. Lo anterior, dado que aún los co-propietarios tienen la posibilidad de sumarse a nuestra cruzada y exigir a Cristal Lagoons e Inmobiliaria El Plomo el cumplimiento irrestricto de la ley y la Ordenanza Municipal de Algarrobo, a fin de evitar que al final sea la Comunidad la que deba asumir estas responsabilidades. 
A modo de ejemplo, sabe la Sra. Paola que:
-La Laguna Piscina de San Alfonso del Mar tiene Permiso de Construcción sólo para una de app. 9.000 m3, de los mas de 200.000m3 que posee y que por lo tanto el resto no tiene un desarrollo constructivo sometido a la normativa vigente y que se debió someter su construcción a la supervisión de la DGA según el artículo 294 de el Código de Aguas y por lo tanto al SEA, PARA SU EVALUACIÓN, LO QUE POR SUPUESTO JAMÁS SE HIZO. 
 -Que todo el Proyecto se debió someter al SEA según el artículo 28 y 29 de la Ordenanza Municipal de Algarrobo por ser un Proyecto construido en el Borde Costero, lo que POR SUPUESTO NUNCA SE HIZO.
- Que la concesión Marítima otorgada por la Armada exigía al desarrollador a someterse al SEA y TAMPOCO SE HIZO. 
 - Que hoy su Comunidad no tiene Concesión Marítima, ya que está vencida desde el Año 2010 y que por lo tanto el verter agua al Mar en este momento es ilegal.
- Que la Concesión Marítima no autorizaba a extraer agua del mar, sino solo a devolver al mar aguas TRATADAS E INOCUAS. 
 - Que la Laguna Piscina está siendo usada en forma por decirlo suave IRREGULAR, dado que no tiene Recepción Final ni siquiera Permiso de Construcción y que si se determinara que está mal construida, dado que pierde una cantidad impresionante de agua debería ser demolida. 
 -¿Está Ud. segura que no se vierten Aguas Servidas al Mar, cuando los edificios están con plena ocupación. Está informada de lo ocurrido en el Edificio Crucero hace algunos meses?
¿No le parece que  Ud en su calidad de Presidenta de la Comunidad de San Alfonso del Mar, debería sumarse a nuestra investigación y ayudarnos a exigir que todo lo denunciado se resuelva hoy, en FORMA OPORTUNA, cuando el Desarrollador aún tiene vigente su responsabilidad en estos hechos, de acuerdo a la Ley de Urbanismo y Construcción?
Deseo consultarle si su Comunidad recibió la Laguna Piscina y si producto de esto Uds. firmaron un convenio en que Uds se hacen responsables de obtener todos los permisos de funcionamiento y otros, tal como Cristal Lagoons pretendió hacerlo en el otro Proyecto Laguna Vista, con lo cual le traspasa todas las responsabilidades inherentes a estos problemas a la Comunidad. Si a Ud. le interesa, tenemos copia de él. 
Si una vez que Ud. investigue y averigüe la veracidad de todo lo expresado en estas y anteriores publicaciones, le surge algún grado de preocupación y en cumplimiento de las responsabilidades que le entrega a su cargo  la ley, frente a sus comuneros, la invito a que conversemos y estudiemos la mejor estrategia para evitar responsabilidades posteriores a la Comunidad. 
Dado que a través de estas líneas, le he informado de algunas de las Graves faltas cometidas en el Desarrollo de este Proyecto y que, usando sus propias palabras, sospechosamente han sido obviadas y no consideradas por las autoridades competentes, a pesar de su conocimiento, Ud. no podrá alegar desconocimiento, cuando corresponda hacerles frente.
Debo dejar en claro que hasta este momento, ninguna de nuestras demandas judiciales han sido rechazadas en forma definitiva y esperamos que si en Chile aún impera el Estado de Derecho, estas sean acogidas, como corresponde, ya que todo lo expresado es absolutamente verídico y demostrable.
Usted y sus comuneros tienen la palabra y la posibilidad de tomar una decisión oportuna y entienda que no tengo nada en contra del Proyecto y de los Comuneros, sino sólo de la forma en que se ha desarrollado y la utilización que se ha hecho de las autoridades competentes.
Luis Hidalgo 
Ingeniero Civil U de Chile
F. 934566049
Correo: lhsalgarrob.@gmail.com

sábado, 1 de diciembre de 2012

______________

Para Opinar, Tomar Posiciones o Actitudes, es Necesario estar Informado y Recurrir a Fuentes Fidedignas.

Deseo felicitar y respaldar al Director de este medio informativo por la continuidad de su presencia no obstante presiones y a veces, incluso el robo de sus equipos, y por su tenacidad para estar constantemente manteniéndonos debida y oportunamente informados a través del espacio cibernético, con el gran trabajo y dedicación personal que ello significa en un servicio informativo totalmente gratuito. Lo ha hecho siempre bajo una sola línea de objetividad, imparcialidad y de dar cabida a todas las opiniones y posiciones sin discriminación alguna, cuidando en forma especial de conservar con sabia prudencia el respeto a la honra de las personas e instituciones, excluyendo así denuncias anónimas o descalificaciones hechas sin una identificación responsable. Muchas gracias en nombre de los vecinos que seguimos día a día sus noticias y comentario de la vecindad Algarrobina. 

Para una Comuna que tiene una gran carencia de medios informativos y un poco afortunado desarrollo armónico y significativo dentro de un larguísimo periodo de una constante mala gestión de sus autoridades municipales en una seguidilla rotativa de echarse la culpa unos a otros en un ambiente de débil fiscalización y falta de una necesaria transparencia, el sitio de la Web Aquialgarrobo se ha constituido -en mi opinión- en un centro informativo ejemplar y de obligada lectura de todo algarrobino que asumiendo un mínimo deber de responsabilidad ciudadana no puede dejar de visitar y leer diariamente.

Hecha la aclaración anterior y mi opinión sobre la labor de este espacio informativo, quiero contribuir al intercambio de opiniones e información sobre el actuar de la principal inmobiliaria que invierte y desarrolla los megaproyectos de nuestra Comuna.  Ciertamente no hay consenso y ha habido presentaciones a las autoridades y tribunales para que se investiguen situaciones cuestionables, existiendo una variada y compleja documentación en cada proceso, sobre los cuales ha habido fallos y apelaciones que deben ser informados y conocidos por la comunidad.  En tal sentido, puedo aportar la resolución oficial de la autoridad máxima comunal, el alcalde saliente, quien con fecha 3 de Abril del 2012, mediante Oficio Nº 149/2012 acogió un reclamo de ilegalidad de vecinos en contra de la referida inmobiliaria, el cual me permito, reproducir íntegramente en forma separada. Si alguien desea disponer de copia escaneada de dicho documento firmado y escaneado, puede pedírmela a mi casilla decover2@gmail.com  

Debo hacer presente que, lo que usted leerá a continuación es una opinión fundada proveniente de nuestra máxima autoridad comunal preparada por el Departamento Jurídico de la Municipalidad. Se podrá comprender que las aseveraciones del vecino Luis Hidalgo no son antojadizas ni solitarias, sino corresponden a un natural y legítimo derecho ciudadano de exigir en nuestra Comuna el pleno respeto y cumplimiento a cabalidad de las normativas, ordenanzas y obligaciones legales velando por el bien común. Toda inversión y proyecto inmobiliario es bien recibido y muy necesaria para el desarrollo y crecimiento de Algarrobo, pero debe ser ejecutado respetando el bien común y tomando los debidos resguardos de ser armónico con el resto de las demás construcciones e infraestructuras viales, borde costero  y del medio ambiente.  Por ello, los vecinos que encabeza el ingeniero Luis Hidalgo apoyado por un significativo grupo de residentes y que han tomado la iniciativa de investigar y denunciar con antecedentes fundados situaciones que se estiman serían anómalas, lo han hecho con seriedad y responsabilidad dejando que sean las autoridades y los tribunales los que resuelvan y no limitarse a la mera denuncia “a la ligera”, mal intencionada y/o irresponsable como erróneamente en este medio algunos vecinos han escrito en estos días a raíz de las declaraciones del señor Hidalgo.

Tengamos presente que no es suficiente para ser acertado y justo que un hecho por no afectar directamente a un ciudadano sea lo correcto y en base a una visión subjetiva y personal tomar una posición rápida ante evidencias de posibles anomalías, irregularidades y/o ilegalidades. Si vivimos en sociedad, el interés personal debe quedar supeditado el interés común, esto es de la vecindad. Nada que nos afecte como sociedad organizada debe ser ajena a nuestra preocupación. La ley del más fuerte y de la selva, es parte de un pasado totalmente superada. Necesitamos una mayor cultura de convivencia y educación cívica.

Patricio Gómez Bahamonde – Ingeniero Comercial PUCV – U. A. Ibáñez
Ex candidato a Concejal independiente por la agrupación transversal “Algarrobo Primero”
Condominio Aquilón
decover2@gmail.com    

----------------
ALCALDE ACOGIÓ RECLAMO DE ILEGALIDAD:
DECLARÓ QUE INMOBILIARIA EL PLOMO NO HA DADO CUMPLIMIENTO A LAS EXIGENCIAS DEL SECCIONAL COSTA DORADA.

Oficio: Nº 149/2012 MAT.: Se pronuncia acerca de Reclamo de Ilegalidad Municipal. 
Algarrobo 03 de Abril de 2012
De: Jorge Pizarro Romero. Alcalde I. Municipalidad de Algarrobo
A: Manuel García Schneider / Xenia Montonari Paiva

Mediante el presente Oficio, y estando dentro de plazo, según lo dispuesto en el Título Final de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en sus artículos 151 y siguientes, y en razón del Reclamo de Ilegalidad interpuesto en contra del Alcalde de la comuna, don Jorge Luis Pizarro Romero, por don Manuel García Schneider y doña Xenia Montonari  Paiva, recepcionado por el Municipio con fecha 16 de marzo de año 2012, en donde en resumen exponen que a su juicio, se comete ilegalidad al otorgar el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo, la recepción definitiva al proyecto San Alfonso del Mar, Edificio Puerto del Sur, mediante resolución N° 039/2012, de fecha 10 de febrero de 2012, infringiendo el ordenamiento jurídico en su conjunto toda vez que, el accionar ha trasgredido y dispuesto un ordenamiento relativo a los usos del suelo, en lo relacionado a la urbanización y edificación, transgrediendo las normas legales y reglamentarias que regulan la planificación comunal, solicitando a su vez que se dicten las medidas necesarias para la anulación del certificado de recepción final del edificio Puerto del Sur, a fin de no afectar los derechos de los habitantes de Algarrobo con la medida ilegal correspondiente a la recepción definitiva.

Respecto a la solicitud efectuada por los requirentes, en cuanto a los hechos que se exponen en el cuerpo de su escrito y efectivamente como se expresa en la memoria del Proyecto Seccional Costa Dorada, es efectivo a juicio de éste Alcalde, que por parte de la Inmobiliaria EL Plomo no se ha dado cumplimiento a las obras de mitigación que en relación al proyecto San Alfonso del mar se debió dar cumplimiento, tales como:

1. La construcción de estacionamientos de uso público, en el sector sur de San Alfonso del Mar que pertenece al seccional costa dorada, definido como ZE, que corresponde a una capacidad de 200 vehículos, respecto del cual la Inmobiliaria El Plomo no ha dado cumplimiento.

2. La Construcción de paseos peatonales en el borde de los esteros el Membrillo y San Gerónimo, cuyo objeto es conectar el camino público con la playa de una ancho de 15ms, obligación igualmente contenida en el seccional costa dorada y que se ha incumplido por la inmobiliaria El Plomo, ya que actualmente existen solo dos caminos de un ancho no superior a los cuatros metros, para el uso público, con carpeta solo de maicillo.

3. Establecer zona de protección de los esteros El Membrillo v San Gerónimo, obligación contenida en el seccional costa dorada, el que señala que debiese existir un ancho de 23 metros desde la ribera de los esteros mencionados y que nuevamente la Inmobiliaria El Plomo ha incumplido.

4. La construcción de paseo peatonal de ancho mínimo de 20.8 metros en toda la extensión de San Alfonso del Mar, el que debe cumplir con la característica de ser utilizado en condiciones de Altas Mareas, respecto del cual no se ha dado cumplimiento alguno por la inmobiliaria El Plomo, ya que no tiene el metraje, ni las características señaladas en el seccional costa dorada.

Los incumplimientos cometidos por la Inmobiliaria El Plomo han afectado claramente a la comunidad Algarrobina y de manera alguna se ha dado cumplimiento a las exigencias del seccional Costa Dorada y de su respectiva memoria. Es deber de las Municipalidades velar por el cumplimiento de las normas legales y el bienestar de la comunidad, en conformidad a los artículos, 6o, 7o, 19 N° 2, 24 de la Constitución Política de la República, artículo 5o letra k), N° 6 letra b) de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y las normas pertinentes de la Ley General de Urbanismo y Construcción y su respectiva ordenanza.

Así, las actuaciones y decisiones que toman los órganos de la Administración del Estado, reconocen como límite aquello para lo cual están expresamente facultados por la ley, según el principio de legalidad habilitante consagrado en los Arts. 6 y 7 de la Constitución Política de la República. Es decir, la ley marca el límite de la actividad estatal y no se puede realizar actividades más allá de esas competencias asignadas. Idénticos fundamentos han recogido nuestros tribunales superiores de justicia, al señalar la facultad de intromisión del Alcalde respecto de las actuaciones del Director de Obras en el ámbito de sus atribuciones y facultades;

Quinto: "Por su parte, la potestad que el artículo 12 ya citado confiere al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo para conocer del asunto es facultativa, de manera que - afirma- el particular puede elegir la vía que estime pertinente para efectuar su reclamo. Finalmente sostiene que de la lectura del artículo 140 de la Ley Orgánica de Municipalidades aparece claro que el particular agraviado puede ocurrir ante el Alcalde por toda  resolución u omisión de éste o de sus funcionarios, que estime ilegal cuyo es el caso que nos ocupa"

Séptimo: "Al respecto, cabe consignar que el artículo 140 de la Ley N° 18,695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su letra b) señala que los particulares agraviados por toda resolución u omisión del Alcalde o de otros funcionarios municipales, que estimen ilegales, podrán reclamar de ello ante el Alcalde, dentro del plazo que allí se indica.

En consecuencia, tratándose en la especie de un reclamo en contra de una resolución dictada por el Director de Obras de la Municipalidad de La Reina, no cabe duda que el Alcalde de dicho municipio es competente para conocer de él.

El hecho que el artículo 12 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones disponga que la Secretaria Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo podrá resolver las reclamaciones interpuestas en contra de las resoluciones dictadas por los Directores de Obras, en nada altera lo antes concluido, desde que dicha norma legal establece una atribución facultativa que no elimina la competencia que el artículo 140 de la Ley 18.695 le entrega al Alcalde para pronunciarse de los reclamos que ante él se interpongan en contra de las resoluciones u omisiones de los Directores de Obras (Rol N° 5.703-2006, Corte Suprema).

En razón de lo expuesto por nuestros Tribunales Superiores de Justicia, es que se procede acoger el presente reclamo de ilegalidad deducido por los reclamantes y se procederá a realizar por éste Alcalde, las acciones tendientes a corregir las situaciones señaladas en el cuerpo de este escrito y que dice relación con la recepción Definitiva del Edificio Puerto del Sur otorgada por el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo, en conformidad a lo establecido en los artículos N° 24 letra a), N° 151 letra b) de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Al respecto es dable señalar que atañe a la autoridad edilicia pronunciarse sobre los reclamos de ilegalidad que ante él se planteen por los particulares en contra de resoluciones u omisiones suyas o de otros funcionarios que estimen ilegales, sin que sea impedimento para ello la posibilidad que el artículo 12 de la ley General de Construcción y urbanismo le entrega a la Secretaria Regional correspondiente del Ministerios de Vivienda y Urbanismo de Resolver las reclamaciones interpuestas en contra de los Directores de Obras Municipales.

En consideración a lo expuesto y en atención a lo que dispone el Seccional Costa Dorada y su memoria explicativa, Inmobiliaria el Plomo no ha dado cumplimiento a las exigencias que en él se señalan, lo que se ha plasmado en el deterioro que la comuna ha tenido en cuanto a su accesibilidad, conectividad y carencia de construcciones, así como la convicción del actuar estricto y celoso al ordenamiento jurídico existente, se Acoge el Reclamo de Ilegalidad presentado con fecha 16 de marzo de 2012 declarando quien suscribe, en definitiva, que se procederá a decretar a restablecer el imperio del derecho y revisar los fundamentos que se tuvieron a la vista al conceder la recepción Definitiva del Edificio Puerto del Sur, otorgada por el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo.

Jorge Pizarro Romero
Alcalde
I. Municipalidad de Algarrobo

_______________

Don Carlos E Garrido Marín…
Don Carlos E Garrido Marín, a quien no tengo el gusto de conocer, me hace 4 preguntas y una suposición velada, las que voy a responder.
Hace más de 1 año, empecé a revisar la documentación del Desarrollo del Proyecto San Alfonso del Mar, al ver que no existían Obras de Mitigación realizadas, en circunstancias que según lo que se me había dicho, sí se habían exigido al aprobarse el Seccional Costa Dorada, en la época en que era Alcalde Dn Luis Baranda. Al revisar el Seccional, pude constatar que sí habían exigencias, casi todas incumplidas, lo que me llevó a profundizar más en mi revisión, llegando a determinar p. ej., que las Lagunas piscinas construidas por Cristal Lagoons, no tenían Permiso de Construcción y tampoco habían cumplido con someterse al Servicio de Evaluación Ambiental, que es una exigencia, así como todo el Proyecto, por ser una construcción de Borde Costero y la Ordenanza de Algarrobo así lo establece.
Con todos estas graves faltas, presentamos un Recurso de Ilegalidad, el que fue acogido por el Alcalde Sr Jorge  Pizarro, por lo que sí logramos que el Municipio reconociera graves faltas cometidas en el control de este Proyecto, al igual que el de Laguna Vista y hoy estamos en la Corte de Apelaciones y en la Corte Suprema con este Recurso.
No me preocupé antes, a pesar que reclamé desde el comienzo la construcción de Obras de Mitigación, dado que si bien vivo en Algarrobo hace mas de 20 años, trabajaba en Santiago, por lo que viajé durante mas de 15 años diariamente y por lo tanto difícilmente podía disponer de tiempo para esto, sin embargo hoy, que estoy más tiempo en Algarrobo, sí puedo disponer de algún tiempo para ello y lo estoy haciendo y continuaré, con el propósito de hacer que las autoridades municipales cumplan y hagan cumplir la ley y la Ordenanza Municipal y no como ocurrió con los Proyectos de San Alfonso y Laguna Vista, en que nadie vio o no quisieron ver lo que estaba ocurriendo y que en una próxima publicación describiré.
No tengo nada en contra del Sr Gálvez y espero que le vaya muy bien, para que a Algarrobo le vaya bien, pero puedo afirmar que tanto él como todos los Alcaldes que han gobernado la Comuna en los últimos 20 años, han faltado gravemente a sus deberes, al no controlar lo obrado por los Directores de Obras y en eso no cabe duda que el Señor Gálvez tiene una gran responsabilidad en sus 2 períodos de Alcalde. Espero, que esta vez, asuma su responsabilidad en todo lo que la ley le otorga al cargo de Alcalde y no adopte una posición defensiva, como la que asumió cuando previo a las elecciones, en este mismo medio, le hice varias observaciones, a las que respondió que no tenía las facultades para actuar.
El tema Inmobiliario, que es el que a mi me ocupa, es de una gran complejidad, por lo que le planteé la necesidad que se formara una comisión asesora para el Consejo y el Alcalde, que permitiera el control de las actuaciones del Director de Obras y de esta manera impedir que nuevamente ocurra lo que ha venido sucediendo en estos últimos 20 años, en esa oportunidad me respondió que no se podía o no era necesario, ojalá lo piense una vez más.
Es sabido que el Señor Gálvez se ha reunido con la Sra. Miriam Fischmann, es de esperar que esto se traduzca en algo beneficioso, para  Algarrobo  y el Alcalde le haya hecho saber que si quieren construir en Algarrobo, lo deben hacer, partiendo ante todo de la base que deben resolver todos los problemas que aún tienen pendientes en los 2 Proyectos anteriores y luego, en el futuro, deben respetar en forma irrestricta la Ordenanza Municipal de la Comuna y las leyes, que es en definitiva lo que exigimos.
Esto lo podremos constatar muy luego, ya que la Empresa de los Srs. Fischmann tiene un tercer proyecto Inmobiliario que hasta el momento tiene sólo aprobación del anteproyecto, por lo que para obtener el Permiso de Construcción, deben cumplir con una importante serie de requisitos que les impone la Ley. Si la Comunidad ve que a  este Proyecto se le da la luz verde y comienza su construcción , querrá decir que vamos a seguir exactamente en las mismas condiciones de los últimos 20 años y en ese caso tendremos que investigar por qué se ha hecho eso y hacer todo lo posible por detener su desarrollo, hasta que se cumpla con lo expuesto en estas líneas, o sea, que se cumpla la ley.
El Señor Garrido, puede tener la certeza que sí estaremos atentos a todo lo que ocurra en el rubro Inmobiliario y esperamos no tener que recurrir permanentemente a la Justicia, sino que las autoridades se hagan respetar y hagan respetar la Ley.
Algarrobinos, debemos estar atentos.
Luis Hidalgo

Sitio interactivo de participación ciudadana con información de interés general al servicio de la Comunidad

donde puedes opinar y publicar en: