La Definición y Tipificación de un Delito
"En el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española se define plagio como la acción de «copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias». Desde el punto de vista legal es una infracción al derecho de autor acerca de una obra artística o intelectual de cualquier tipo, en la que se incurre cuando se presenta una obra ajena como propia u original.
Así pues, una persona comete plagio si copia o imita algo que no le pertenece y se hace pasar por el autor de ello. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se tipifica este delito cuando, sin uso de comillas o sin indicar explícitamente el origen, ni citar la fuente original de la información, se incluye una idea, un párrafo o una frase ajenos.
Esto constituye específicamente una violación a la paternidad de la obra, considerada dentro del marco de los derechos morales."
LO QUE AQUI ESTA EN ENTREDICHO NO ES LA CALIDAD DEL TEXTO EN CUESTION, SINO LA MORAL DEL CANDIDATO CUANDO UTILIZA Y NO MENCIONA LA FUENTE DE LA INFORMACION, PERO AUN DICE QUE ES SU PROGRAMA.
MAS CLARO, ECHARLE AGUA
Bernardo Arriaza (fuente;Wikipedia)