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NUEVA LEY SOBRE INCENDIOS FORESTALES
Estimados vecinos:
Me permito informar a ustedes, que hoy 05-02-2013 se ha publicado
en el diario El Mercurio, sobre una nueva ley que aumenta el castigo
a quienes causen incendios forestales.
Reciban mis cordiales saludos,
César Lillo Arellano
El Mercurio
Martes, 05 de febrero de 2013
La nueva ley rige a partir de este mes:
Aumenta castigo a quienes causen incendios forestales
VALENTINA SMITH B.
Este mes entró en vigencia la normativa que modifica las penas aflictivas y las multas económicas en la Ley de Bosques, y redefine los incendios forestales en el Código Penal.
En la temporada pasada los incendios afectaron a 69.040 hectáreas en 1.965 incendios, el mayor daño desde 2007. En lo que va de esta temporada, ha sido significativamente menor: en 1.719 incendios, se han consumido 8.863 hectáreas.
En la redefinición de los incendios forestales en el Código Penal, "se agregan las zonas xerofíticas, las que representan una vegetación más seca, como la de Valparaíso o Santiago; así se amplía la protección", asegura Eduardo Vial, director ejecutivo de Conaf.
También se agrega una referencia a la afectación grave de las condiciones de vida animal o vegetal de un área silvestre protegida, lo que aumenta las sanciones.
La otra modificación afecta a la Ley de Bosques, que data de 1931. En la nueva legislación se endurecen las sanciones al uso ilegal del fuego en faenas agrícolas y forestales. "Esto se refiere a las quemas agrícolas", asegura Eduardo Vial. Agrega que estas siempre deben ser registradas ante la Conaf. En el caso de no ser informadas y de no haber incendio, las penas varían entre los 61 días a 3 años y las multas van de 11 a 50 UTM (entre $440.055 a $2.000.250).
En el caso de que la quema provoque un incendio, la conducta será castigada con penas que van de 541 días a 5 años y multas de 50 a 150 UTM.
La ley también prohíbe encender fuego en todos aquellos lugares no autorizados por Conaf en las áreas silvestres protegidas, lo que será castigado con penas de entre 61 días a 3 años y multas de 11 a 50 UTM. "Este es un cambio relevante, ya que solo se podrá hacer fuego en sectores indicados, donde Conaf cuenta con guardaparques y equipo para apagar los incendios", asegura Eduardo Vial.
En los casos de uso negligente o uso imprudente del fuego causando incendio, las sanciones van de 541 días a 5 años y las multas de 50 a 150 UTM. Además, si como consecuencia el incendio se propagara a un área silvestre protegida, la pena será de 3 años y un día a 5 años y las multas llegarán hasta las 200 UTM (8 millones de pesos).
"Queremos creer que después de todo lo que pasó el año pasado la gente está más dispuesta a ayudar y que existe mayor conciencia", aseguró Eduardo Vial, haciendo referencia a los incendios que el año pasado afectaron a las Torres del Paine y a Carahue, en la Región de La Araucanía, donde murieron 6 brigadistas.