Algarrobo, 22 de Julio de 2014
DECLARACIÓN PÚBLICA
Desde el 4 de enero del año 2013, a casi un mes de haber
asumido como Alcalde de la comuna de Algarrobo, comencé a ser emplazado
públicamente a través del Blog Aquialgarrobo
respecto al desarrollo de los proyectos de San Alfonso del Mar y de Laguna Vista, exigiendo la anulación de
la recepción final del Edificio Puerto del Sur.
El miércoles 13 de febrero del mismo año se me volvió a
emplazar públicamente para que tomara acciones en un conflicto de larga data
que se inicia el año 2010 con diversas acciones judiciales que permanecían
vigentes.
El 8 de marzo de 2013 envié el Oficio No102/2013 cuya
materia trató sobre el pronunciamiento por recepción definitiva y reclamo de
ilegalidad municipal y acciones en Tribunales de Justicia dirigido al Sr.
Manuel García Shneider; Sra. Xenia Montanari Paiva, donde además, expongo la
realidad judicial de ese momento entre la I. Municipalidad de Algarrobo, la
Inmobiliaria El Plomo Limitada y los recurrentes en los distintos recursos de
Ilegalidad Municipal, promovidos ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de
Valparaíso; Excelentísima Corte Suprema y Tribunales Ordinarios en materia
Civil.
En resumen en ese oficio señalé lo siguiente: “En consideración a lo expuesto
anteriormente, así como la convicción del actuar estricto y celoso del
ordenamiento jurídico existente, estimo pertinente, no emitir resolución o
dictamen sobre las situaciones jurídicas que actualmente están siendo
ventiladas por los Tribunales de Justicia en juicio de lato conocimiento,
quedando supeditado dicho pronunciamiento, a la dictación de una sentencia
judicial que pueda entregar directrices claras y justas a las partes, sentencia
que reconocería o rechazará en definitiva las pretensiones reclamadas. Y que de pronunciarme en forma parcial,
sesgada o de alguna forma análoga sobre los reclamos y acciones existentes a la
fecha, atentaría contra el debido proceso”.
Dicho oficio, lo hice público el martes 12 de marzo del mismo
año a través de este Blog, dando cuenta de mi posición respecto al reclamo de
ilegalidad y todas las acciones legales que tomaron en contra del Municipio en
relación a este proyecto.
Posterior a esto, no solamente fui criticado al respecto,
sino que además en el mes de abril se dedujo un reclamo de ilegalidad por parte
de los mismos actores en mi contra por el oficio enviado. Para tales efectos,
concurrieron a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, dicho conflicto se
resolvió con fecha 7 de julio de 2014 con sentencia de la causa Rol 846-2013
que dictaminó básicamente lo siguiente:
1.- Lo que busca en definitiva la reclamante es que se deje
sin efecto la recepción final definitiva del edificio Puerto del Sur del
condominio San Alfonso del Mar.
2.- Que este tema ya ha sido discutido en tribunales y en
sede administrativa
3.- Que frente a la resolución dictada con anterioridad al
reclamo el Alcalde se comprometió a revisar los antecedentes que sirvieron de
base al otorgamiento de la recepción final definitiva ya mencionada
4.- que en base a las diversas acciones judiciales y
reclamos administrativos que se han presentado es forzoso concluir que la
municipalidad ha cumplido reiteradamente con la revisión del otorgamiento de la
recepción final definitiva.
En resumen, la
Corte de Apelaciones rechazó el reclamo de ilegalidad, por lo que el accionar
de la Municipalidad y del suscrito se ajusto a derecho, echando por tierra los
emplazamientos que se me hizo el año pasado por los mismos personajes que han
sido reiterativos en estos temas.
Jaime Gálvez Fuenza
Químico Farmacéutico
Alcalde I.
Municipalidad de Algarrobo