Estimados vecinos:
Para vuestro conocimiento, me es muy grato compartir con ustedes la "Declaración universal de los derechos de los
animales".
Reciban mi afectuoso saludo,
César Lillo Arellano
Declaración universal
de los derechos de los animales
La declaración, proclamada el 15 de octubre de 1978, fue
aprobada por laOrganización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y la Cultura(UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones
Unidas (ONU).
Preámbulo
Considerando que todo Animal posee derechos.
Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos
derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra
la naturaleza y contra los Animales. Considerando que el reconocimiento por
parte de la especie humana de los derechos de la existencia de las otras
especies de Animales constituye el fundamento de la coexistencia de las
especies en el mundo.
Considerando que el hombre comete genocidio y existe la
amenaza de que siga cometiéndolo. Considerando que el respeto de los Animales
por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos.
Considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender,
respetar y amar a los Animales.
Se proclama lo siguiente:
Artículo 1
Todos los Animales nacen iguales ante la vida y tienen los
mismos derechos a la existencia.
Artículo 2
a) Todo Animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse
el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese
derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los
Animales.
c) Todos los Animales tienen derecho a la atención, a los
cuidados y a la protección del hombre.
Artículo 3
a) Ningún Animal será sometido a malos tratos ni a actos
crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un Animal, ésta debe de ser
instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo 4
a) Todo Animal perteneciente a una especie salvaje tiene
derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o
acuático, y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga
fines educativos, es contraria a ese derecho.2
Artículo 5
a) Todo Animal perteneciente a una especie que viva
tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y a crecer al
ritmo y en condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que
fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a ese derecho.
Artículo 6
Todo Animal que el hombre ha escogido como compañero tiene
derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
Artículo 7
Todo Animal de trabajo tiene derecho a una limitación
razonable del tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación reparadora y
al reposo.
Artículo 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento
fisico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se
trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma
de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y
desarrolladas.
Artículo 9
Cuando un Animal es criado para la alimentación, debe ser
nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte
para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10
a) Ningún Animal debe de ser explotado para esparcimiento
del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se
sirven de Animales son incompatibles con la dignidad del Animal.
Artículo 11
Todo acto que implique la muerte de un Animal sin necesidad
es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de
animales es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural
conducen al genocidio.
Artículo 13
a) Un Animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son
víctimas deben ser prohibidas en el cine y en la televisión salvo si tiene como
fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal
Artículo 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los
Animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley,
como lo son los derechos del hombre.