lunes, 5 de marzo de 2018

POSTULACIÓN FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del Fondo Social Presidente de la República (en adelante “Fondo Social”), invita a entidades públicas y privadas, que no persigan fines de lucro, para que postulen al financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan a apoyar y complementar las políticas de inversión social del Estado. 

http://subinterior.gob.cl/departamento-de-accion-social/fondo-social-presidente-de-la-republica/ 

Estos proyectos deberán estar preferentemente orientados a construir tejido social, esto es la acción coordinada de un grupo de personas para solucionar determinadas necesidades; potenciar la participación ciudadana y contribuir a superar la vulnerabilidad social de una comunidad u organización determinada.
Estos proyectos podrán ser elaborados y presentados por Organismos o Instituciones Públicas y Privadas, de conformidad a lo establecido en el D.S. N° 964 de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

El proceso de postulación contempla el financiamiento de tres tipos de proyectos:

Proyectos de Equipamiento Comunitario: Corresponde a aquellos destinados a la adquisición de un bien mueble necesario para la realización de una actividad determinada; la durabilidad estimada de estos se encuentran en un rango superior al año de vida útil. Para esto, es necesario contar con lugar físico propio que puede ser acreditado a través de Dominio, Comodato y Otro título de uso. El objetivo de dichos proyectos, es que contribuyan a mejorar el bienestar material y/o social de los beneficiarios. Los montos a postular tendrán un mínimo de $300.000 y un máximo de $1.500.0000.- cuyo plazo máximo de ejecución y de presentación de rendición de cuentas, sería de 3 meses contados desde la transferencia de recursos.

Proyectos de Implementación Comunitaria: Corresponde a aquellos destinados a la adquisición de artículos, materiales y utensilios, necesarios para la realización de una actividad determinada; no tienen una vida útil prolongada. Para postular se requiere contar con lugar físico propio o facilitado, se acredita dicha condición, con cualquiera de los siguientes documentos, tales como: con Anexo 2, comodato, dominio u otro título de uso. El objetivo de dichos proyectos, es contribuir al desarrollo organizacional, y a la cohesión social de los beneficiarios. Los montos a postular tendrán un mínimo de $300.000 y un máximo de $1.000.0000.- cuyo plazo máximo de ejecución y de presentación de la rendición de cuentas, sería de 3 meses contados desde la transferencia de recursos.

Proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria: Corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción, mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles, espacios públicos (incluye implementación), centros de salud municipales, postas rurales y estaciones médico rurales (ver desglose en tipología), proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad inmobiliaria – de conformidad a la Ley 19.537, proyectos que contemplen el mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural (APR), Construcción de cierres perimetrales en viviendas sociales básicas, Proyectos de mantención, mejoramiento o implementación de salas cunas, jardines infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o corporaciones.

En cuanto al monto de financiamiento de los proyectos de infraestructura que se podrá solicitar al Fondo Social, se debe distinguir:
Para aquellos proyectos de obras nuevas, incluyendo construcción de multicanchas y APR, el monto mínimo que se podrá solicitar es de $2.000.000 y con un máximo de $28.000.000.
Para proyectos de mejoramiento, reparación o ampliación de obras existentes, donde también se incluyen los cierres perimetrales se podrá solicitar un monto mínimo de $2.000.000 y un máximo de $15.000.000.

No se aceptarán proyectos por compra de materiales de construcción y bienes inmuebles. Todos los proyectos postulados a Infraestructura deberán ser por obra vendida. El plazo máximo de ejecución del proyecto y de presentación de la rendición de cuentas, corresponde a un máximo de 9 meses contados desde la recepción y aprobación por parte del Fondo Social, de los antecedentes que dan inicio al plazo de ejecución de obras (contrato, acta de entrega terreno y garantía).
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